Para inducir el ingreso al blanqueo, el Gobierno usará información fiscal que enviará EEUU
El Gobierno habilitó el sistema para realizar declaraciones juradas para ingresar al blanqueo de capitales y dará comienzo oficial a la primera etapa del plan de formalización de activos, que tiene un costo menor. El Poder Ejecutivo buscará inducir el ingreso de contribuyentes a través de cartas y avisos particulares con información que ya tiene y lo que reciba dentro pocas semanas desde los Estados Unidos por el intercambio de datos bancarios.
Según anticiparon fuentes oficiales, con la última reglamentación que llegó a través de una resolución general de AFIP, el Gobierno ya puede dar inicio formal al régimen de regularización de activos. “Queremos normalizar la situación de la base imponible argentina, saber quiénes son los contribuyentes actuales y potenciales, no perseguimos un fin recaudatorio”, aseguraron desde el equipo económico.
La operatoria del blanqueo será similar a otras experiencias anteriores, entre ellas la de la exteriorización que llevó adelante el gobierno de Cambiemos entre 2016 y 2017 y que recaudó USD 9.500 millones por una formalización total cercana a los USD 117.000 millones.
Para este caso el Gobierno evita dar una proyección de manera oficial o en privado, aunque en conversaciones con el FMI plantearon la chance de una recaudación de 0,3% del PBI, equivalente a unos USD 1.900 millones. “Muchos contribuyentes que ingresaron a ese blanqueo después salieron de la base imponible por el cambio de reglas del juego y queremos que vuelvan”, dicen en los despachos oficiales.
“Queremos normalizar la situación de la base imponible argentina, saber quiénes son los contribuyentes actuales y potenciales, no perseguimos un fin recaudatorio”, mencionaron desde el Gobierno
Con todo, el Gobierno tiene pensado iniciar -aún sin fecha precisa- un operativo “presión” para inducir a los contribuyentes a que blanqueen o entren a la moratoria de deudas impositivas con AFIP. Tendrá un espíritu similar a inducciones de otros años: a través de cartas o mensajes a personas o empresas sobre los cuales el fisco tiene información de activos que está en condiciones de ser blanqueados.
AFIP desarrolló dentro del sistema operativo que utilizan los usuarios el segmento “Nuestra Parte”, en el cual el organismo tributario le anticipa al contribuyente qué información tiene sobre su patrimonio y si eso lo haría pasible de ser un adherente a la formalización de activos. El foco estará, más bien, en quienes están por fuera del sistema y no tanto entre quienes ya tienen patrimonio declarado.
Una ayuda extra que tendrá para eso el Gobierno será el acuerdo de intercambio de información fiscal con los Estados Unidos firmado en diciembre de 2022. En septiembre de este año llegará la primera tanda de datos de contribuyentes argentinos con cuentas bancarias en el sistema financiero norteamericano al 31 de diciembre último. La AFIP necesitará de todas formas un tiempo para procesar toda la información, pero será insumo para esos avisos de inducción que enviará el fisco, mencionaron desde un despacho oficial.
Algunas cuestiones operativas que quedaron determinadas tras la reglamentación tienen que ver con el tipo de cambio que se tomará en consideración. Para hacer la valuación completa de un contribuyente blanqueador se establecerá un tipo de cambio de $1.000 (no hay un criterio cambiario sino de simplificación del cálculo) para poder calcular cuánto debe ser el pago de la multa.
El Gobierno tiene pensado iniciar -aún sin fecha precisa- un operativo “presión” para inducir a los contribuyentes a que blanqueen o entren a la moratoria de deudas impositivas con AFIP
Luego habrá otra instancia de conversión: los pagos del impuesto especial se hará por transferencia a la AFIP directamente en moneda extranjera y el fisco será el que pasará esa suma a pesos al tipo de cambio minorista del Banco Nación de ese día. El dato es relevante porque el resultado recaudatorio del blanqueo será repartido con las provincias como parte de la masa coparticipable general.
Resta conocer una última parte de la letra chica: cuáles son las inversiones que permitirán a los que ingresen al blanqueo evitar el pago del impuesto especial con exteriorizaciones superiores a los USD 100.000 de franquicia sin costo. Las líneas generales que anticiparon desde el Poder Ejecutivo mencionan inversiones productivas y desarrollos de construcción privada. El viernes, adelantaron, saldría esa resolución del Ministerio de Economía.
Las claves del blanqueo
La manifestación de adhesión al régimen podrá efectuarse este jueves y hasta el 31 de marzo de 2025. Con el blanqueo es posible regularizar cualquier monto sin costo, si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien se realizan determinadas inversiones autorizadas por el Ministerio de Economía. Tampoco estarán sujetas al pago de impuestos quienes regularicen cualquier tipo de bienes o tenencias por un valor de hasta USD 100.000.
El régimen tiene tres etapas y cuanto antes se ingrese, menor será la alícuota:
- Etapa 1: hasta el 30 de septiembre de 2024, se abona una alícuota del 5% sobre el excedente de USD 100.000.
- Etapa 2: hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es del 10 por ciento.
- Etapa 3: hasta el 31 de marzo de 2025, la alícuota asciende al 15 por ciento.
La norma también reglamenta la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, lo que exime al contribuyente de presentar la declaración jurada hasta 2028 y le otorga estabilidad fiscal, es decir, no se podrán cobrar mayores alícuotas durante ese periodo sobre su patrimonio.
El Gobierno evita dar una proyección de manera oficial o en privado, aunque en conversaciones con el FMI plantearon la chance de una recaudación de 0,3% del PBI, equivalente a unos USD 1.900 millones
“Para facilitar la exteriorización, se ha previsto que se manifieste la adhesión al régimen abonando el 75% del impuesto que corresponde según los bienes a incluir, y luego (hay un mes adicional después de cada etapa) el contribuyente presentará la declaración jurada con el detalle de dichos bienes y abonará el 25% restante”, indicó la AFIP.
Los bienes que pueden exteriorizarse son aquellos que tenía el contribuyente al 31 de diciembre de 2023, lo cual se debe en la declaración jurada adjuntando las constancias de la tenencia y valuación de los mismos a dicha fecha.