RIGI: cuáles son los requisitos que deben cumplir las empresas para adherir al régimen
La Inspección General de Justicia (IGJ) reglamentó, a través de la Resolución General N° 19/2024, los requisitos para que los inversores puedan inscribirse en el Régimen de Incentivos para las Grandes Inversiones (RIGI), establecido por la Ley 27.742 (Bases). Este régimen, diseñado para proyectos de inversión de gran envergadura, busca brindar incentivos, certidumbre y seguridad jurídica a quienes cumplan con las condiciones fijadas.
El RIGI está dirigido a los Vehículos de Proyecto Único (VPU), que son estructuras jurídicas responsables de una o más fases de un único proyecto de inversión. Estos vehículos deben tener como único objetivo la ejecución del proyecto admitido en el régimen, tal como lo establece el artículo 169 de la ley.
Además, los inversores pueden optar por utilizar Sucursales Dedicadas o Especiales, que deben inscribirse en el Registro Público correspondiente, conforme a lo reglamentado por el Decreto 749/2024. Las provincias que adhieran al régimen deberán reglamentar los procedimientos para la inscripción de estas sucursales en un plazo de 30 días hábiles.
Requisitos para la inscripción
Entre los principales requisitos para que las sociedades locales inscriban una Sucursal Dedicada o Especial ante la IGJ, se destacan:
- La presentación de un testimonio de escritura pública o instrumento privado que contenga la decisión del órgano social competente para la apertura de la sucursal, indicando la sede, el representante a cargo, el capital asignado y la descripción del proyecto.
- La inclusión de un dictamen contable que acredite la composición de los bienes afectados a la sucursal.
Para las sociedades constituidas en el extranjero, se exige además que presenten la resolución del órgano social competente de la matriz que disponga la apertura de la sucursal, junto con la constancia de la inscripción vigente en el registro público correspondiente.
Asimismo, la IGJ exige que los inversores soliciten la individualización y rúbrica de los libros contables de las sucursales, como parte de la obligación de llevar una contabilidad separada para estos proyectos.
Convocatoria a las provincias
La IGJ también invitó a los Registros Públicos de las provincias que adhieran al RIGI a replicar los procedimientos establecidos por la resolución publicada hoy. El objetivo es facilitar la implementación del régimen a nivel nacional, permitiendo la inscripción de sucursales en todas las jurisdicciones del país y promoviendo la inversión en proyectos de largo plazo.
Este régimen busca atraer grandes inversiones que aporten valor agregado a la economía argentina, generando un marco de seguridad y protección para los derechos de los inversores.
“Desde el Ministerio finalizamos con las reglamentaciones necesarias para la implementación del RIGI, lo que permitirá a las sociedades y empresas crecer y atraer inversiones, que es fundamental para que la Argentina crezca”, enfatizó el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona. Asimismo, invitó a todas las provincias a replicar esta reglamentación del RIGI en sus jurisdicciones a fin de “evitar la existencia de regulaciones distintas que imposibiliten la integración y modernización de la Nación”.
Por otro lado, el inspector general de justicia, Daniel Vítolo, detalló las exigencias de inscripción ante la IGJ: “La presentación del testimonio de escritura pública o instrumento privado que crea la sucursal y, en el caso de sociedades extranjeras, la resolución de la matriz que lo decidió”. Agregó que “las sucursales deberán fijar sede en la jurisdicción, designar al menos un representante y confeccionar un dictamen contable sobre el capital y los activos asignados a la sucursal”. Además, señaló que “si la sociedad está inscripta en otra jurisdicción del país, deberá presentar también certificación de la vigencia de su inscripción”.
En cuanto a su contabilidad, Vítolo explicó que “las sucursales deben solicitar la rúbrica de libros para llevar una contabilidad separada de la matriz”, y subrayó que “la confección de estados contables y financieros deberá ser diferenciada”.