Este jueves 6 de agosto será feriado nacional en todo el Perú, una fecha que impacta de manera directa tanto en el sector público como en el privado. Según informació oficial, la jornada otorga derecho al descanso remunerado a los trabajadores, quienes solo deberán laborar si así lo requiere su empleador y bajo condiciones específicas.
La conmemoración de esta fecha se encuentra ligada a uno de los episodios militares determinantes para la independencia peruana y sudamericana. Este nuevo feriado llegará luego de los de Fiestas Patrias, 28 y 29 de julio, que sirvió para que miles de trabajadores viajen al interior del país o disfruten de paseos por la ciudad con su familia.
El 6 de agosto de 1824, la pampa de Junín fue escenario de un enfrentamiento crucial entre el ejército patriota, liderado por Simón Bolívar, y las fuerzas realistas. Se detalló que la acción de los Húsares del Perú, posteriormente llamados Húsares de Junín, modificó el rumbo de la batalla en un momento crítico, allanando el camino hacia la victoria definitiva en la Batalla de Ayacucho meses después. Desde 2022, la fecha forma parte de los feriados nacionales obligatorios, tras la promulgación de la Ley N.° 31530.

La Ley N.° 31530 dispone que el feriado del 6 de agosto es de cumplimiento obligatorio tanto para el sector público como para el privado. Todos los trabajadores del país tienen derecho a descansar durante esta jornada, recibiendo su remuneración íntegra. Andina señaló que la norma también encarga a los ministerios de Educación, Cultura y Defensa la promoción de actividades cívicas y conmemorativas para resaltar la relevancia histórica de la batalla.
El Decreto Legislativo N.° 713 regula los derechos laborales durante los feriados nacionales. Si un trabajador presta servicios el 6 de agosto y no recibe descanso compensatorio, tiene derecho a percibir una remuneración equivalente al triple de su pago diario. Este monto se compone de tres conceptos:
- La remuneración correspondiente al feriado,
- El pago por la labor realizada ese día,
- Una sobretasa equivalente al 100% de la remuneración diaria.
De acuerdo con laboralistas, en caso de que el empleador sí otorgue un día de descanso compensatorio en otra fecha, no corresponde el pago adicional.

Si el empleador no respeta el derecho al pago triple cuando corresponde, el trabajador puede presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Andina informó que esta infracción se considera muy grave y puede acarrear multas que superan los 240,000 soles, dependiendo del tamaño de la empresa y la cantidad de trabajadores afectados.
Aunque suelen confundirse, el feriado nacional y el día no laborable tienen efectos distintos. Los feriados, como el 6 de agosto, están establecidos por ley y aplican para los sectores público y privado. Los trabajadores reciben descanso remunerado y no deben recuperar las horas.
Por otro lado, los días no laborables se decretan de manera excepcional y generalmente solo para el sector público; en estos casos, las horas deberán recuperarse y su aplicación en el sector privado depende de la negociación entre empleador y empleado.

Después del 6 de agosto, el calendario peruano contempla otro día de descanso obligatorio: el 30 de agosto, fecha en la que se celebra la festividad de Santa Rosa de Lima, patrona del Perú.
Ese feriado representará una nueva oportunidad de descanso para la población, antes de que lleguen los siguientes feriados nacionales del año.
Para lo que resta de 2026, además de los dos feriados mencionados en agosto, el calendario nacional incluye:
Jueves 8 de octubre (Combate de Angamos)
Domingo 1 de noviembre (Día de Todos los Santos)
Martes 8 de diciembre (Inmaculada Concepción)
Miércoles 9 de diciembre (Batalla de Ayacucho)
Viernes 25 de diciembre (Navidad)
Andina reiteró que estos días están oficialmente reconocidos como feriados nacionales y su cumplimiento es obligatorio para empleadores y trabajadores en todo el país.